A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant De Oficio Procesado Lizarazo Parra Giovanni·Respondent Lizarazo Parra Giovanni
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía Veintidós Seccional de Vida de Norte de Santander - Unidad de Vida e Integridad Personal y el Juzgado Ciento Noventa de Instrucción Penal Militar de Cúcuta.
La controversia entre los Despachos surge por investigación penal iniciada contra miembros de la Fuerza Pública, patrulleros de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de homicidio, en hechos ocurridos en el municipio de Ábrego, Norte de Santander.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resalta que esta Corporación se ha pronunciado sobre la legitimidad de la Fiscalía General de la Nación para proponer conflictos de competencia entre jurisdicciones, en el marco de la Ley 906 de 2004, por medio de la cual se expidió el Código de Procedimiento Penal, cuando actúa en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y en ese marco solo excepcionalmente cuando se advierta la grave violación de derechos humanos.
En este caso, advierte la Sala Plena que la Fiscalía Veintidós Seccional de Vida de Norte de Santander - Unidad de Vida e Integridad Personal se opuso a la remisión del expediente al Juzgado Ciento Noventa de Instrucción Penal Militar de Cúcuta pues a su juicio, los hechos objeto de investigación ilustran una ruptura del nexo entre la conducta oficial y las funciones propias del cargo por tratarse de una violación de derechos humanos, pero la Corte no considera que esta vulneración necesariamente sea calificable como una grave violación a los derechos humanos, pues, no toda afectación al derecho a la vida implica automáticamente una violación de esa entidad.
Por ello y otras razones, la Corte concluye que no se acreditó el criterio subjetivo para la configuración del conflicto de jurisdicciones y por tal razón, se declara inhibida para resolver el asunto.
En consecuencia, resuelve remitir el expediente a la Fiscalía Veintidós Seccional de Norte de Santander Unidad de Vida e Integridad Personal para que proceda con lo de su competencia, en los términos establecidos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Ciento Noventa de Instrucción Militar de Cúcuta y a los interesados en este trámite.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía Veintidós Seccional de Norte de Santander Unidad de Vida e Integridad Personal y el Juzgado Ciento Noventa de Instrucción Militar de Cúcuta, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2907 a la Fiscalía Veintidós Seccional de Norte de Santander Unidad de Vida e Integridad Personal para que proceda con lo de su competencia, en los términos establecidos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Ciento Noventa de Instrucción Militar de Cúcuta y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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